La ventana de la FCA ya está abierta y tiene una fecha límite
La novedad inmediata es que la Financial Conduct Authority (FCA) ya acepta solicitudes para el nuevo régimen británico. La ventana comenzó el 30 de septiembre de 2026 y terminará el 28 de febrero de 2027. El marco completo está previsto para entrar en vigor el 25 de octubre de 2027, cuando determinadas actividades con criptoactivos pasarán a exigir autorización bajo el nuevo perímetro regulatorio.
Las normas que sostienen este proceso no se aprobaron ayer. The Financial Services and Markets Act 2000 (Cryptoassets) Regulations 2026 se adoptaron el 4 de febrero de 2026, y la FCA publicó el 30 de junio sus reglas finales para buena parte del nuevo marco. Por tanto, lo nuevo ahora es que el periodo formal para solicitar autorización ya está abierto.
Tampoco es una simple continuación del registro actual contra el blanqueo de capitales. La FCA ha explicado que el nuevo sistema amplía los requisitos sobre protección al consumidor, salvaguarda de activos, integridad de mercado y resiliencia financiera. La autorización no será automática: cada empresa tendrá que acreditar que cumple los estándares correspondientes a las actividades que pretende prestar.
Aquí aparece el primer matiz importante. Las empresas existentes que presenten su solicitud dentro del plazo pueden seguir desarrollando nuevo negocio mientras esperan una decisión, si su expediente continúa pendiente cuando entre en vigor el nuevo régimen. Es la denominada saving provision, diseñada para evitar que una demora en la resolución deje fuera a una firma que solicitó autorización a tiempo.
La restricción afecta al régimen transitorio, no a todo el mercado cripto
La parte que más puede afectar a los clientes aparece en el llamado régimen transitorio. Este mecanismo permite a determinadas empresas seguir operando de forma limitada mientras realizan una salida ordenada del mercado británico o atraviesan determinadas situaciones regulatorias. Pero la exención solo cubre la actividad necesaria para cumplir contratos que ya existían antes de entrar en ese régimen.
La consecuencia está expresamente recogida por la FCA: una firma sometida a esa transición no podrá celebrar nuevos contratos con clientes británicos que ya tenía ni aceptar nuevos contratos de nuevos clientes. Entre los casos contemplados están las compañías que presenten la solicitud fuera de la ventana y lleguen al inicio del régimen sin la autorización necesaria, además de determinadas empresas cuya solicitud haya sido rechazada o retirada.
Eso cambia bastante la lectura del titular. Reino Unido no está prohibiendo que todos los clientes actuales operen con criptomonedas. Está creando una vía para que las empresas que no dispongan de la autorización necesaria puedan cerrar de forma ordenada sus relaciones anteriores sin utilizar esa excepción para seguir captando o generando nuevo negocio.
Los contratos preexistentes podrán continuar en la medida necesaria para ese proceso. Además, las firmas acogidas a la transición deberán informar a sus clientes de que están utilizando esa exención y de que no están autorizadas por la FCA para esa actividad, así como comunicar determinados cambios materiales en la protección de activos, los mecanismos de resolución de disputas o los sistemas de compensación disponibles.
Para entender por qué importa quién presta jurídicamente el servicio y cómo se custodian los activos, puede resultar útil nuestra guía sobre qué es un exchange centralizado (CEX) y qué debes revisar antes de usarlo.
Qué cambia para un cliente cripto y qué no cambia
Para un usuario del Reino Unido, la pregunta práctica no es si «las criptomonedas quedan restringidas», sino qué estatus tendrá la empresa con la que mantiene su relación contractual.
Una firma que obtenga la autorización correspondiente podrá continuar con las actividades incluidas en su permiso. Una compañía existente que haya solicitado a tiempo y siga esperando una decisión cuando llegue el 25 de octubre de 2027 puede beneficiarse de la cláusula de continuidad. En cambio, una firma que termine dentro del régimen transitorio tendrá mucho menos margen para desarrollar nuevo negocio.
También conviene evitar otra conclusión demasiado rápida: «nuevo contrato» no equivale necesariamente a «cualquier movimiento de la cuenta» en todos los servicios y plataformas. El efecto concreto dependerá de la actividad regulada, de la entidad jurídica que presta el servicio y de la estructura contractual con el cliente. Por eso no sería correcto afirmar hoy que cualquier compra, venta o función adicional de todos los usuarios británicos quedará automáticamente bloqueada.
Tampoco hay una obligación general anunciada para que los clientes retiren sus criptomonedas por esta medida. El propio diseño del régimen transitorio permite ejecutar contratos anteriores precisamente para facilitar una salida ordenada, aunque las condiciones concretas de cada proveedor serán determinantes.
Para un lector en España, el cambio británico no tiene aplicación directa. Las Cryptoassets Regulations se extienden a Inglaterra y Gales, Escocia e Irlanda del Norte y forman parte de un marco regulatorio propio. Una misma marca internacional puede operar mediante entidades distintas dependiendo del país del cliente, de modo que no conviene trasladar automáticamente una novedad de la FCA a usuarios españoles o de la Unión Europea.
En Europa, regulación tampoco significa ausencia de riesgo. Custodia, contraparte, volatilidad y condiciones del servicio siguen importando, como explicamos en los riesgos de invertir en criptomonedas que MiCA no elimina.
La fecha que merece vigilancia ahora no es un precio de Bitcoin, sino el calendario regulatorio. La ventana de solicitudes termina el 28 de febrero de 2027 y el nuevo régimen está previsto para el 25 de octubre de 2027. Hasta entonces, la limitación sobre nuevos contratos no es una prohibición general e inmediata para los usuarios: adquiere relevancia cuando una empresa concreta termina dentro del régimen transitorio.








